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29/06/2012


Banco Central y SBIF evalúan los límites de exposición de la banca local en el exterior

     
   
     

Los perfeccionamientos se focalizan en robustecer los depósitos de bancos establecidos en Chile en entidades del exterior, indicaron los organismos reguladores.

Considerando la situación de la banca internacional, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), habiendo obtenido el informe previo favorable del Banco Central de Chile, perfeccionó sus normas sobre créditos hacia el exterior.

Según detalla el documento difundido por el emisor, específicamente, el cambio normativo considera perfeccionamientos a los depósitos a la vista en el límite individual vigente para los depósitos a plazo.

"En consecuencia la suma de los depósitos a la vista y a plazo, incluyendo los depósitos overnight, efectuados en una misma entidad financiera del exterior, no podrán superar el 5% del patrimonio efectivo del banco depositante. Este límite se podrá extender hasta el 30% de dicho patrimonio efectivo, dependiendo de la clasificación de riesgo del banco depositario", indicó el comunicado difundido por las entidades.

Se establece un nuevo límite global para depósitos a la vista y a plazo. En consecuencia, para la suma de los depósitos a la vista y a plazo, incluyendo los depósitos overnight, efectuados en entidades financieras del exterior vinculadas directa o indirectamente con la propiedad o gestión del banco depositante. Así, se establece un límite global ascendente al 25% del patrimonio efectivo de este
último.

"La motivación de la SBIF para efectuar este ajuste normativo tiene por propósito obtener un mayor nivel de convergencia a los lineamientos que en esta materia contemplan los mejores estándares bancarios internacionales.

El documento en consulta puede ser descargado desde www.sbif.cl, y el plazo para recibir comentarios se extenderá hasta el 14 de julio de 2012.